Informarles sobre la reciente incorporación de la Ley N°21.453, a nuestros clientes y todos quienes lean este artículo, que ha traído consigo importantes modificaciones en el ámbito tributario. Esta ley, publicada el 30 de junio del año pasado, incluye el artículo 85 bis al Código Tributario, introduciendo nuevas obligaciones para el sector financiero.
¿En qué consiste la Ley N°21.453?
Según el artículo 85 bis, los Bancos están ahora obligados a proporcionar al Servicio de Impuestos Internos (SII) información detallada sobre saldos y/o abonos igual o superior a 1.500 Unidades de Fomento (UF), aproximadamente $54.845.805 según la UF de 30/11/2023. Esta disposición afecta a los productos financieros mantenidos por clientes con domicilio y/o residencia en Chile, así como aquellos que se han constituido o establecido en el país.
La primera quincena de marzo del presente año se comienza a enviar al SII la información correspondiente a los meses de enero a diciembre del año 2023.
¿Qué es importante considerar?
En el caso de las empresas, dineros que no sean propios de la actividad comercial de la sociedad, no deberían ser transferidos en la cuenta. En nuestro caso, dispondremos de una cuenta corriente exclusiva para las restituciones o provisiones de gastos a favor de nuestros clientes. Por ejemplo, si pagamos su patente comercial, esta no puede ser transferida al mismo banco donde paga sus facturas mensuales.
Queremos asegurarles que estamos comprometidos con brindar un servicio de calidad y eficiente. Estamos disponibles para resolver cualquier duda o inquietud que puedan tener respecto a esta ley y sus implicaciones.
Agradecemos su atención y confianza en nuestros servicios.